Préstamos sindicados
Una de los principales cambios en esta materia es la necesidad de una mayoría cualificada (75%) para aprobar acuerdos de refinanciación de la deuda. Evitando así, el bloqueo de las posiciones minoritarias con menos del 25%.
Esta medida implica que ya no es posible bloquear a otros accionistas en el proceso de renegociación, pero a la vez los fondos que tienen un porcentaje del 75% o mayor tienen más flexibilidad.
Acuerdo de refinanciación
Los acuerdos de refinanciación en materia de diferimiento de los pagos durante un período de no más de 5 años o de conversión en préstamos participativos, que sean aprobados por el 65% de los acreedores hipotecarios, obligará al 35% restante. Si esta cifra alcanza el 80%, el 20% restante puede ser obligado a aceptar los acuerdos para la capitalización de deuda o de la cancelación de deudas.
Este cambio hace que sea necesario llevar a cabo un análisis detallado de los acreedores financieros de una empresa cuando uno está adquiriendo un ticket de deuda sindicada.
Banco de España
La Ley del Banco España quiere incentivar que loso bancos españoles adopten medidas de recapitalización de sus deudas, mediante la clasificación de los créditos posteriores a la recapitalización como “normal” si el plan de negocio de una empresa puede permitir los pagos de deuda durante el curso normal de su actividad. De esta manera se reduce las provisiones por las deudas con bajo rendimiento, una vez que la deuda ha sido reestructurada.
“En nuestra opinión, estas medidas podrían alentar a algunos bancos españoles a estar de acuerdo en las soluciones de recapitalización o de conversión de deuda en préstamos participativos, en lugar de vender sus derechos de recuperación con pérdidas abultadas. Creemos que esto se podría aplicar de inmediato a las cadenas hoteleras con planes de negocio operativas que sean viables en el corto plazo” analiza Diego Gutierrez de Abra Invest.
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