Mejorar la competitividad de las empresas mediante la promoción de Proyectos que incluyan actividades de I+D+i para desarrollar nuevos productos.
1. Proyectos Subvencionables
Estudios de viabilidad previos a proyectos de investigación industrial.
Proyectos de investigación industrial.
Estudios de viabilidad previos a proyectos de desarrollo experimental y proyectos de desarrollo experimental.
2. Plazos:
Fecha de inicio: 01/01/2014
Fecha fin: 28/02/2014
Plazo resolución: 6 meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria de las ayudas
3. Beneficiarios
Grandes, micro, pymes, asociaciones empresariales y sectoriales
4. Requisitos
Para la empresa:
Desarrollar directamente las actividades subvencionables.
Garantizar una contribución propia a los gastos del proyecto de, al menos, un 25%.
Tener personalidad jurídica propia y suficiente capacidad de obrar y no encontrarse incursos en ninguna prohibición o inhabilitación para la obtención de subvenciones públicas o para contratar con la Administración de la CAPV u otro ente público.
Para los Proyectos:
Desarrollo deberá comenzar con posterioridad a la presentación de la solicitud de ayudas y realizarse dentro del ejercicio correspondiente a la convocatoria.
No podrán contemplar en ningún caso prácticas restrictivas de la competencia, cumpliendo así lo dispuesto en los artículos 85 y 86 del Tratado de la CE.
Deberán permanecer en la CAPV durante un período mínimo de 5 años.
Proyectos en Cooperación:
Ninguna empresa debe correr por si sola con más del 70% de los costes subvencionables del proyecto de colaboración
El proyecto debe contar con la colaboración de al menos una PYME o la colaboración debe ser transfronteriza, cuando las actividades de investigación y desarrollo se lleven a cabo al menos en dos Estados miembros.
5. Excepciones:
Los Agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, acreditados a tal efecto.
Las Entidades y Sociedades Públicas con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas
Las empresas en crisis, de acuerdo con los términos de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis
6. Importe:
El montante máximo de la subvención no reintegrable será de 250.000 euros por beneficiario y año, tanto en proyectos en cooperación o individuales.
La subvención a conceder a cada proyecto será la resultante de aplicar la intensidad máxima de ayuda prevista , sobre el presupuesto de gastos subvencionables aceptado para cada uno de los proyectos aprobados.
Tipo de financiación: Fondo perdido
7. Gasto subvencionable:
Gastos de personal
Costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto de investigación.
Costes de consultoría y de servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación adquiridos en fuentes externas a precios de mercado.
Gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto de investigación
8. Pago:
El abono de la subvención se realizará mediante 2 pagos :
Un 70% de la subvención , se realizará de forma inmediata a la notificación de la resolución de concesión de la subvención.
El restante 30% se abonará una vez concluido el programa anual y previa presentación de la documentación justificativa que permita comprobar tanto la realización de las actividades subvencionadas, como el grado de consecución de los objetivos por ellas perseguidos.
Si su empresa está pensando en desarrollar un proyecto en el ámbito de las I+D+i , póngase en contacto con nosotros y analizaremos su caso sin compromiso.
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