El capital riesgo ha llegado a las Pymes
14/07/2014
Diego Gutiérrez
El capital riesgo ha llegado a las Pymes
El gobierno quiere mejorar el acceso a la financiación directa para  las pymes, para ello ha aprobado este viernes el Proyecto de Ley que regula las entidades de capital riesgo y las entidades de inversión colectiva de tipo cerrado , en el que se incluye la creación de la figura Capital-Riego pyme y una serie de reformas en las entidades de capital riesgo que  fija el marco armonizado de condiciones de autorización, comercialización, conducta y organización de las gestoras de estos fondos de inversión a nivel europeo.

Capital Riesgo Pyme

El proyecto contempla que estas identidades invertirán al menos un 70% de su patrimonio en pymes y participarán en la gestión y asesoramiento de estas. A cambio se beneficiarán de un régimen financiero más flexible, como un mayor uso de los préstamos participativos, más flexibilidad en el cálculo de plazos de cumplimiento del coeficiente obligatorio de inversión y la posibilidad de que los Fondos de capital riesgo puedan distribuir resultados periódicamente.

“Esta iniciativa legislativa se une a la iniciativa de Fond-ICO por la que el Gobierno a abierto varias convocatorias para coinvertir con el capital riesgo privado principalmente orientado a proyectos de crecimiento de pymes y a inversiones tipo venture capital para empresas de alto crecimiento” comenta Diego Gutierrez de Abra Invest.

Nuevos ajustes en las identidades de capital riesgo

La nueva regulación contempla la reducción de cargas administrativas al mantener el régimen de autorización exclusivamente para sus gestoras.  Las entidades de capital riesgo y las de inversión colectiva de tipo cerrado quedarán sometidas a un régimen más sencillo de simple registro ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

También se contempla unos requisitos de estructura y organización que garanticen el control de riesgos, de liquidez y de conflictos de interés.

Además la política de remuneraciones que serán aprobadas por el órgano de dirección y evaluadas periódicamente, ha de ser compatible con la estrategia empresarial.

La comercialización de entidades de capital riesgo se limita a inversores aptos, inversores profesionales y minoristas siempre que se comprometan a invertir como mínimo 100.000 euros y declaren por escrito que son conscientes de los riesgos ligados al compromiso previsto.

Además también se incluye el  régimen de comercialización y gestión trasfronteriza de fondos de inversión alternativa gestionados por sociedades gestoras europeas y extranjeras, fomentando así un mercado interior de los fondos de inversión alternativa.

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